Procedimiento a seguir

Las NIIF se elaboran siguiendo un procedimiento, a escala internacional, en el que participa la profesión contable, analistas financieros y otros usuarios de los estados financieros, la comunidad de negocios, bolsas de valores, autoridades normativas y reguladoras, académicos y otros individuos interesados, así como organizaciones de todo el mundo. El IASB consulta con el SAC, en reuniones abiertas al público, sobre los proyectos más importantes y las decisiones de agenda y prioridad en el trabajo, y además discute los asuntos técnicos en reuniones abiertas a la observación pública. El procedimiento a seguir para cada proyecto contempla normalmente, aunque no necesariamente, las siguientes fases (las fases que son obligatorias, de acuerdo con los términos de la Constitución de la Fundación IASC, se señalan con un asterisco*):

  1. el personal técnico trabaja en la identificación y revisión de todas las cuestiones asociadas con el tema, considerando la aplicación del Marco Conceptual del IASB a las cuestiones planteadas;
  2. estudio de las exigencias contables de los diferentes países y de la práctica e intercambio de puntos de vista con los organismos nacionales emisores de normas;
  3. consulta con el SAC sobre la conveniencia de añadir el problema a la agenda del IASB*;
  4. formación de un grupo asesor con la finalidad de asesorar al IASB sobre el proyecto;
  5. publicación de un documento de discusión para cometario público;
  6. publicación de un Proyecto de Norma para comentario público, aprobado al menos por nueve votos del IASB, incluyendo cualquier opinión en contra mantenida por los miembros del IASB;*
  7. publicación, dentro del Proyecto de Norma, de los fundamentos de las conclusiones;
  8. consideración de todos los comentarios recibidos, dentro del periodo establecido al efecto, sobre los documentos de discusión y Proyectos de Norma*;
  9. consideración de la conveniencia de mantener una sesión pública, de efectuar pruebas de campo y, si se considera necesario, llevar a cabo ambos procedimientos;
  10. aprobación de una Norma, por al menos nueve votos del Consejo, incluyendo en la Norma publicada cualquier opinión disidente;* y
  11. publicación dentro de la Norma de los fundamentos de las conclusiones, y explicando, entre otras cosas, los pasos dados dentro del procedimiento a seguir por el IASB y la toma en consideración, por parte del IASB, de los comentarios públicos recibidos sobre el Proyecto de Norma.

Las Interpretaciones de las NIIF se desarrollan siguiendo un procedimiento, a escala internacional, en el que participa la profesión contable, analistas financieros y otros usuarios de los estados financieros, la comunidad de negocios, bolsas de valores, autoridades normativas y reguladoras, académicos y otros individuos interesados, así como organizaciones de todo el mundo. El CINIIF discute los asuntos técnicos en reuniones abiertas a la observación pública. El procedimiento a seguir para cada proyecto contempla normalmente, aunque no necesariamente, las siguientes fases (las fases que son obligatorias, de acuerdo con los términos de la Constitución de la Fundación IASB, se señalan con un asterisco*):

  1. el personal técnico trabaja en la identificación y revisión de todas las cuestiones asociadas con el tema, considerando la aplicación del Marco Conceptual del IASB a las cuestiones planteadas;
  2. consideración de las implicaciones para las problemas de jerarquía de de la NIC 8
  3. Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores;
  4. publicación de un Proyecto de Interpretación para comentario público, siempre que no voten en contra de la propuesta más de cuatro miembros del CINIIF;*
  5. consideración de todos los comentarios recibidos, dentro del periodo establecido al efecto, sobre los Proyectos de Interpretación;*
  6. aprobación, por parte del CINIIF, de una Interpretación si no hubieran votado en contra de la Interpretación más de cuatro miembros de este órgano, tras tomar en consideración de los comentarios públicos sobre el Proyecto de Interpretación;* y
  7. aprobación de la Interpretación por, al menos, nueve votos del IASB*.